Carnet de conducir por libre
Sigo sin carné, pero esta vez, ya estoy más cerca. Mi plan de sacarme el carné de conducir sin pisar la autoescuela parece que va dando sus frutos.
El primer escalón que era el teórico ya está solucionado. Después de un par de visitas a la DGT para pedir los papeles y la fecha para el examen, aprobé a la primera.
El problema más gordo llegó en este punto: para hacer las prácticas y presentarte al examen práctico es necesario contar con un coche doble mando. La primera opción que se le ocurre a cualquiera es apuntarse a la autoescuela para que te preparen y presenten al examen práctico. He ido a varias autoescuelas a preguntar. Quería saber si hacían algún tipo de rebaja si ya se había aprobado el teórico. Pues ha habido de todo, la mayoría no acceden a rebajar ni un céntimo, dicen que se tiene que pagar matrícula, examen práctico, gestiones, clases prácticas, etc. Lo de la matrícula me tiene intrigado, no acabo de entender cómo puede costar 195 € que tecleen tu nombre, apellidos, teléfono y cuatro cosas más en una ficha. No se como mis padres no me aconsejaron mejor y me metí a mecanógrafo. Curioso que en los gimnasios también pase lo mismo.
Por otro lado también he detectado diferencias en los precios de las autoescuelas, desde 28€ en el centro de Madrid hasta los 33€ que gastan en Majadahonda.
Si das 25 clases, cantidad que parece ser bastante normal, te ahorras 125€ sólo eligiendo bien la autescuela.
Pero bueno volviendo al reto de no pisar la autoescuela. Seguí investigando y dí con la siguiente página:
http://proreformacarnetconducir.blogspot.com/
Donde hay abundante información acerca del carné de conducir, examen, convalidaciones, propuestas para mejorar el sistema, etc. En concreto me pareció de especial interés el este post. En él se explica que hay una ley desde el año 1981, que establece las normas por las cuales puedes pedir una licencia de aprendizaje con la que hacer las prácticas y presentarte al examen. Los requisitos de esta ley son varios y algunos un tanto peliagudos. El más problemático es sin duda la obligación de tener un coche doble mando en propiedad.
Esto en principio me echó para atrás, ¿de donde saco yo un coche con doble mando? Toda la gente a la que le he comentado el tema, me dice que me meta en una autoescuela, que no me salía rentable hacer la reforma del doble mando. Hoy he estado preguntando a varios talleres y resulta que la famosa reforma no es tan cara. Ronda los 350 - 420€, te la hacen en el día y te dan un certificado que llevar a la ITV. Por ahora sigo adelante.
Ahora falta hacerme con un coche al que ponerle el doble mando e informarme de los papeles que haya que hacer en la DGT.
Si alguien tiene un coche de segunda mano que me quiera regalar para colaborar con la causa, será aceptado con gratitud.
24 comentarios
loredana -
gabi -
Suerte con el teórico es fácil yo me lo saqué a la primera por libre. 85 más el psicotécnico, que por cierto no te lo saques cerca de la DGT porque te meten un buen palo. Creo que pagué 60.
Sobre el práctico, ya tengo coche y he estado informándome. Estoy preparando mi solicitud para la DGT y estoy documentándolo para que haya información sobre cómo hacerlo.
En cuanto tenga algo digno de ver, lo publicaré y avisaré a toda la gente que ha escrito un post aquí.
Saludos a todos
Navegante -
Hay un post de noadua (el segundo, del 28/06/2009) que lleva a tres sitios para hacer test online interactivos, con vídeos, etc.
http://www.autoescuela.tv/
http://www.testporvideo.com/
http://www.carnetonline.es/
Os aporto otra web mas, me pareció muy interesante que los test son cronometrados, lo que añade mas realismo al proceso.
http://www.autoescuelaencasa.com/default.asp
Es cuestion de voluntad y ponerse a ello, pero en mi opinión, con estas herramientas no hace falta ni pisar la autoescuela. Yo cometí el error de pagar una cara matrícula (350 ), al menos incluye 5 clases prácticas (de esto hace un año).
El problema es que no he aparecido por allí desde entonces porque tengo unas cuantas cosas que absorben mi tiempo, pero creo que este es el punto de inflexión.
Ya pensaba que todo esto del carnet es un negocio, pero al leer lo del coche con doble mando, la modificación es asumible (unos 400-500 ), mucho mas que tener que pagar 30 de media por ni siquiera una hora de práctica. Soy partidario del "hágalo usted mismo". De momento vamos a la teoría.
Salu2!
aaron -
Lorena -
Muchas gracias por este articulo, me ha resultado muy util. Yo estoy en lo mismo, me voy a acercar a la DGT para al menos hacer el teorico por libre. Aprendi a conducir en EEUU, tengo 10 años de carnet de alli pero no lo canjean, tengo que sacarlo enterito aqui.
Si resuelves el tema del practico me gustaria saberlo. Mi plan es negociar con las autoescuelas una vez sacado el teorico por libre, creo que deben estar pasandolo mal y quiza sea mas facil ahora conseguir el practico barato.
Me parece entender que estas por la zona de Majadahonda, yo vivo en Las Rozas. Si quieres que intercambiemos informacion por email avisame.
Gracias
noadua -
http://www.yollegoafindemes.com/blog/2009/05/01-sacate-el-teorico-por-libre-y-ahorra-en-la-matricula
noadua -
Ana -
angelito -
ORDEN DE 29 DE JULIO DE 1981 POR LA QUE SE REGULA LA LICENCIA DE APRENDIZAJE DE LA CONDUCCIÓN («BOE núm. 186/1981, de 5 de agosto de 1981»)(puedes encontrarla también junto el resto de legislación en la página de la DGT (es la última de la lista): http://www.dgt.es/dgt_informa/normativa/conductores2.htm
o a continuación:
(*Los artículos que faltan 1, 2, 3,etc fueron derogados en las sucesivas actualizaciones legislativas desde 1981, año en que se promulgó la orden, sólo se incluyen los vigentes a día de hoy.)
Artículo 11.
La licencia de aprendizaje, autorizada en el artículo 275, apartado I, b), del Código de la Circulación, sólo se concederá,
para el aprendizaje de la conducción de los automóviles que pueden conducirse con el permiso de la clase (B) ordinario,
Artículo 21.
Para obtener la licencia de aprendizaje se requerirá que el solicitante: x.
a) Reúna los requisitos establecidos en las letras a) b), c) y d) del apartado I del artículo 264 del Código de la Circulación.
b) Haya superado las pruebas teóricas establecidas para obtener el permiso de la clase «B» ordinario.
c). Designe la persona que habrá de acompañarle durante el aprendizaje.
Artículo 31.
1. El acompañante deberá reunir los requisitos siguientes:
a) Estar ligado con el solicitante con vínculo de parentesco de consanguinidad o afinidad, o mediante relación de amistad
o buena vecindad, debiendo tener su actividad carácter gratuito.
b) Ser titular de permiso de conducción de la clase «B» ordinario, con más de cinco años de antigüedad.
c) No haber sido condenado por hechos de tráfico, ni sancionado por infracción al artículo 275 del Código de la
Circulación ni a los citados en el 289 del mismo texto reglamentario, en los últimos cinco años de vigencia de su permiso.
d) No haber sido autorizado para actuar como acompañante de ningún otro aprendiz durante los doce meses anteriores.
e) No haber obtenido el certificado de aptitud de profesor de escuelas particulares de conductores, salvo que la
enseñanza a impartir por este sistema lo sea para cónyuges, hijos, padres o hermanos del acompañante.
II. Durante el aprendizaje, el acompañante será considerado, a todos los efectos, conductor del automóvil con el que se
realice aquél, y deberá:
a) Estar a cargo del doble mando a que se refiere la letra c) del artículo siguiente.
b) Vigilar permanentemente la actuación del aprendiz para que ésta sea conforme a las normas de circulación
establecidas en el Código de la Circulación y en la presente Orden.
III. La sustitución del acompañante, una vez expedida la licencia de aprendizaje, sólo podrá autorizarse por la Jefatura
Provincial de Tráfico cuando existan razones que lo justifiquen. Dicha sustitución sólo podrá recaer en persona que
cumpla todos los requisitos establecidos en la presente Orden.
TV. El acompañante podrá ser sometido a alguna prueba j teórica o práctica, o a ambas, cuando a juicio de la Jefatura
Provincial existan razones para ello.
1 Artículo 41.
Los automóviles con los que realice el aprendizaje, además de ajustarse a las condiciones que, con carácter general se
establecen en el Código de la Circulación, deberán:
a) Ser turismo de tipo corriente, con una longitud mínima de tres metros y cuarenta y cinco centímetros y sin
modificaciones que alteren sus condiciones normales de utilización o faciliten la visibilidad.
b) Estar provistos de embrague y cambio de velocidades no automáticos ni se mi automáticos y, en general, permitir el
accionamiento manual de los órganos principales.
c) Disponer de doble mando de freno y embrague, y facultativamente de acelerador, suficientemente eficaces, así como el
día del examen de un dispositivo que, acoplado a los pedales del doble mando acuse cualquier utilización de dichos
pedales, mediante una señal acústica y otra óptica de color rojo, visible en el tablero de instrumentos. Este dispositivo
contará, además, con una luz adicional de color verde que permanezca encendida cuando esté conectado.
d) Estar dotados, a cada lado, de dos espejos retrovisores, uno exterior y otro interior.
e) Cuando circulen en función del aprendizaje, estar señalizados en la parte delantera y trasera, con una placa de veinte
centímetros de ancho por treinta de alto en la que, en su parte superior y sobre un fondo rojo de veinte por veinte
centímetros, se destacará la letra «L» en color blanco de trece centímetros de alta y con un trazo de dos centímetros y
medio de grueso; debajo de este recuadro rojo se destacará, sobre fondo blanco, la palabra «Prácticas», con letras en
color rojo de cinco centímetros de alto y trazo de medio centímetro de grueso. Estas placas, que llevarán troquelada la
matrícula, deberán ir con el sello de la Jefatura Provincial de Tráfico, igualmente troquelado, y serán entregadas a la
misma al término de la validez de la licencia para su inutilización.
f) Figurar el vehículo en el Registro de la Dirección General de Tráfico a nombre del acompañante o del aprendiz para
quienes se solicita la licencia, o del cónyuge, hijos, padre o hermanos de este último.
g) No ser utilizado simultáneamente por más de un aprendiz durante el plazo de validez de la licencia.
Artículo 51.
Además de las consignadas en los artículos anteriores, el aprendizaje de la conducción estará sujeto a las limitaciones
siguientes:
a) No se podrá circular a velocidades superiores a 40 u 80 kilómetros por hora, según se trate, respectivamente, de vías
urbanas y travesías o de vías interurbanas.
b) En ningún caso podrá engancharse un remolque al vehículo con el que se realicé el aprendizaje.
c) En las autopistas, autovías y garroteras nacionales no podrá realizarse el aprendizaje en días festivos ni en sus
víspera».
d) Las prácticas de maniobras o destreza en la conducción se realizarán en las zonas que designen para ello los
respectivos Ayuntamientos.
Artículo 61.
La licencia de aprendizaje se otorgará por una sola vez y tendrá un plazo de validez máximo de ocho meses, sin perjuicio
de lo que respecto de la validez de las pruebas de aptitud establece el artículo 51. de la Orden del Ministerio del Interior de
18 de junio de 1979.
Artículo 71.
1. La expedición de la licencia de aprendizaje deberá interesarse de la Jefatura Provincial de Tráfico en la que se haya
presentado la documentación para obtener el permiso de conducción, utilizando para ello el impreso que a tales efectos
proporcionará dicho Organismo.
II. Con la petición, en la que constarán los datos de identidad del solicitante y del acompañante, la declaración de éste de
que no ha sido autorizado como acompañante de ningún otro aprendiz durante los doce meses anteriores, la firma de
ambos y la matrícula del vehículo con el que van a realizarse las prácticas, deberá presentarse el documento que acredite
haber superado las pruebas teóricas, así como justificación de haber puesto en conocimiento de la Entidad aseguradora
del vehículo la utilización de éste a fines de aprendizaje de la conducción. Esto último en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 26. 2 del Reglamento del Seguro Obligatorio del Automóvil, aprobado por Decreto 3787/1964. de 19 de
noviembre.
III. La Jefatura Provincial de Tráfico ante la que se presente la solicitud, procederá del modo siguiente;
Examinara la documentación y cuando ésta reúna todos los requisitos, solicitará los antecedentes del peticionario y del
acompañante del Registro Central de Conductores e Infractores y, una vez recibidos expedirá la licencia si fuera
procedente, o la denegará si existen causas que impidan su concesión.
Artículo 81.
El aprendiz deberá llevar consigo su licencia de aprendizaje y exhibirla, así como el documento nacional de identidad, al
ser requerido para ello por la Autoridad o sus Agentes. Igual obligación alcanza al acompañante respecto al permiso de
conducción, que servirá además para acreditar que es el que consta en la licencia.
Artículo 61.
El incumplimiento de las normas que regulan el aprendizaje de la conducción será sancionado con multa de 1. 000 a 20.
000 pesetas, pudiendo además, ser revocada la licencia concedida.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 29 de julio de 1981.
ROSON PEREZ
Ilmo. Sr. Director general de Tráfico
valini -
vali -
Ana -
mati -
Mikel -
os adjunto la información que me dieron en la DGT para sacarse el carnet.
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http://farm4.static.flickr.com/3545/3340490945_5c05d90da3.jpg?v=0
Mikel -
ya compré los libros, son uno de teoría (13) y otro con exámenes (25). Son de la Editorial Pons.
Para pasarte el mail, cuando escribimos un mensaje aquí nos lo pide, pero no sé si tu llegas a verlo. Si no, te lo mando por mail.
Gabi -
Gabi -
Gracias a todos por vuestros comentarios, os animo a que dejéis vuestro correo para ponernos en contacto.
Me gustaría recopilar toda la información que vayamos consiguiendo en la DGT, autoescuelas, legislación, etc. para que otros puedan también beneficiarse.
Estoy buscando la manera mejor para poner todo esto a funcionar. Os aviso en cuanto esté.
Mikel -
para el que preguntaba dónde conseguir los libros, yo fui a la DGT de Sabadell (Barcelona) a informarme sobre el carnet por libre (cuando esté de vuelta en casa pongo la info que tengo) y preguntando en ventanilla me dijeron que al lado había una tienda (creo que hacía matrículas de coche también) que los vendía; relativamente barato, 24 creo recordar.
¿Con qué libros estudiasteis vosotrxs para la teórica por libre?
Saludos.
salvador -
LU -
naty -
Gabi -
Muchas gracias por tus ánimos. Yo te puedo echar una mano con los libros, tengo varios y te puedo dar alguno.
La movida va a ser como dártelo ;) Yo soy de Madrid.
Si te hace falta ayuda con lo que sea avisamé.
Por cierto estaba pensando recopilar información acerca de cómo sacarse el carnet por libre para que a la gente le pueda ayudar. Te animo a que apuntes toda la información que creas interesante y luego la ponemos.
Un saludo y ya hablaremos más (si quieres)
Gabriel
Carlos -
Por cierto, yo también me estoy planteando de presentarme a la teorica (como minimo) por mi cuenta, pero tengo el problema que no se de donde sacar los libros para estudiar.
Alguien me puede decir si se pueden descargar gratis de alguna web??
Muchas gracias!!!
Alex -
Suerte y ya me contarás